Decreto
515/2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
24-jul-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 25-jul-2019 Número: 34161 Página: 3
Resumen:
LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS EN LOS INCISOS A) Y B) DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 24.156 Y SUS MODIFICATORIAS, ENTRE CUYAS COMPETENCIAS SE ENCUENTRE LA DE EMITIR DECLARACIONES, PERMISOS, CERTIFICACIONES, LICENCIAS Y DEMAS AUTORIZACIONES QUE RESULTEN REQUISITOS PREVIOS PARA LA IMPORTACION, DEBERAN INFORMAR A LA UNIDAD EJECUTORA DEL REGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA UNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), ORGANO DESCONCENTRADO EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO Y A LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, LAS INTERVENCIONES ADMINISTRATIVAS QUE RESULTEN EXIGIBLES EN LAS OPERACIONES BENEFICIADAS EN EL MARCO DE LA LEY Nº 25.613, EN EL PLAZO QUE DETERMINE LA CITADA SECRETARIA DE GOBIERNO.
Esta norma modifica o complementa a 6 norma(s).