Decreto DNU
2236/2002
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
05-nov-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 06-nov-2002 Número: 30020 Página: 2
Resumen:
FONDOS FIDUCIARIOS DE INFRAESTRUCTURA. ESTABLECESE QUE LAS OBRAS PUBLICAS FINANCIADAS POR MEDIO DE DICHOS FONDOS PODRAN GENERAR ANTICIPOS REINTEGRABLES EN CONCEPTO DE REMOVILIZACION DE OBRA, ANTICIPO FINANCIERO U OTROS RUBROS QUE PERMITAN LA CANCELACION POR AVANCE DE LAS MISMAS.
Observaciones:
RATIFICADO POR LEY NRO. 26181 - ART. 15 - BOLETIN OFICIAL 20/12/2006 - PAG. 4.-
Esta norma modifica o complementa a 5 norma(s).