Decreto  149/2020   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
14-feb-2020

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

INSTRUCCIONES

Publicada en el Boletín Oficial del 17-feb-2020    Número: 34309    Página: 11


Resumen:
INSTRUYESE A LA AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, A REVISAR EN UN PLAZO NO MAYOR A SESENTA (60) DIAS, LA LEGALIDAD DE LOS PROCESOS QUE DERIVARON EN LA DISPOSICION, CESION, ENAJENACION, TRANSFERENCIA, DESAFECTACION, ASIGNACION EN USO O DACION EN PAGO, DE INMUEBLES DEL ESTADO NACIONAL A LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES A TRAVES DE CUALQUIERA DE SUS ORGANISMOS, ENTIDADES, SOCIEDADES DEL ESTADO O CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, DESDE EL 10 DE DICIEMBRE DE 2015 HASTA EL 10 DE DICIEMBRE DE 2019, A FIN DE QUE EN CASO DE DETECTARSE VICIOS QUE PUEDAN IMPLICAR SU NULIDAD ASI COMO EVENTUALES HECHOS O ACTOS ILICITOS, SE PROCEDA A DESLINDAR LAS CORRESPONDIENTES RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CIVILES Y/O PENALES. CUMPLIDO EL PLAZO ESTABLECIDO, LA AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, DEBERA REALIZAR UN INFORME SOBRE EL PROCESO DE REVISION EFECTUADO.



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