Resolución
202/2020
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
24-jul-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 28-jul-2020 Número: 34435 Página: 19
Resumen:
AMPLIAR EL ALCANCE DE LA RESOLUCION RESOL-2020-1-APN-DIRECTORIO#ENARGAS Y ESTABLECER QUE LOS SUJETOS DE LA LEY INDICADOS EN EL ARTICULO 9º DE LA LEY Nº 24.076 -COMERCIALIZADORES, ALMACENADORES Y CONSUMIDORES QUE CONTRATEN DIRECTAMENTE CON EL PRODUCTOR-, ASI COMO TAMBIEN LOS ORGANISMOS DE CERTIFICACION DEL REGISTRO DE ORGANISMOS CERTIFICANTES DEL ENARGAS, LOS PRODUCTORES DE EQUIPOS COMPLETOS Y FABRICANTES E IMPORTADORES INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE MATRICULAS HABILITANTES DE ESTE ORGANISMO, DEBERAN CONSTITUIR UN DOMICILIO ELECTRONICO VALIDO PARA TODAS LAS NOTIFICACIONES QUE EFECTUE EL ENARGAS EN EL MARCO DE LA PRESENTE MEDIDA, INFORMANDOLO A SECRETARIADELDIRECTORIO@ENARGAS.GOV.AR Y A RELACIONES_INSTITUCIONALES@ENARGAS.GOV.AR, EN EL PLAZO DE DOS (2) DIAS CORRIDOS A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.