Resolución
246/2016
SECRETARIA DE COMERCIO
31-ago-2016
Publicada en el Boletín Oficial del 05-sep-2016 Número: 33454 Página: 18
Resumen:
SUSPENDESE LA EXIGENCIA DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE MEDIDORES DE PETROLEO Y SUS DERIVADOS Y OTROS LIQUIDOS DISTINTOS DEL AGUA, APROBADO POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION N° 85 DE FECHA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012 DE LA EX SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Y SUS MODIFICATORIAS, PARA LOS MEDIDORES DE PETROLEO Y SUS DERIVADOS Y OTROS LIQUIDOS DISTINTOS DEL AGUA QUE SE FABRIQUEN, COMERCIALICEN E IMPORTEN EN EL PAIS, HASTA LAS FECHAS QUE A CONTINUACION SE INDICAN: 1) PARA MEDIDORES CUYOS CAUDALES SE ENCUENTREN ENTRE CERO (0) Y CIENTO CUARENTA METROS CUBICOS POR HORA (140 M³/H), HASTA EL DIA 31 DE MARZO DE 2017. 2) PARA MEDIDORES CUYOS CAUDALES SEAN SUPERIORES A CIENTO CUARENTA METROS CUBICOS POR HORA (140 M³/H), HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2017.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.