Decreto
923/2012
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
21-jun-2012
Publicada en el Boletín Oficial del 22-jun-2012 Número: 32423 Página: 3
Resumen:
HOMOLOGASE EL ACTA ACUERDO Y ANEXOS DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL DE FECHA 23 DE MAYO DE 2012. MODIFICASE EL ARTICULO 3° DEL DECRETO N° 836 DE FECHA 21 DE JUNIO DE 2011, ESTABLECIENDO QUE LA RETRIBUCION BRUTA MENSUAL, NORMAL, HABITUAL, REGULAR Y PERMANENTE DE LOS AGENTES HABILITADOS PARA REALIZAR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, CON EXCEPCION DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR TERCEROS, NO DEBERA SUPERAR EL MONTO DE PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS CINCO ($ 5.305) Y PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 5.837), A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2012 Y DEL 1° DE AGOSTO DE 2012, RESPECTIVAMENTE.
Esta norma modifica o complementa a 8 norma(s).