Resolución
40090/2016
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
13-oct-2016
Publicada en el Boletín Oficial del 14-oct-2016 Número: 33482 Página: 19
Resumen:
QUEDAN COMPRENDIDOS EN EL INCISO D) DEL ARTICULO 37 DE LA LEY N° 27.260, LOS BIENES Y/O CREDITOS ORIGINADOS EN POLIZAS DE SEGURO CONTRATADAS EN EL EXTERIOR, EN LA MEDIDA EN QUE SE CANCELEN Y/O RESCATEN CON ANTERIORIDAD A LA DECLARACION VOLUNTARIA Y EXCEPCIONAL DE DICHO CREDITO EN LOS TERMINOS DEL TITULO I DEL LIBRO II DE LA MENCIONADA LEY.
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