Instrucción
11/2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
05-feb-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 08-feb-2002 Número: 29834 Página: 11
Resumen:
EXTIENDASE HASTA EL CUARTO DIA HABIL POSTERIOR A LA PRESENTACION DEL INFORME DIARIO CORRESPONDIENTE AL 31 DE ENERO DE 2002 EL PLAZO PARA INFORMAR LAS CIFRAS DE RENTABILIDAD DE CADA FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES, DE RENTABILIDAD PROMEDIO DEL SISTEMA Y DE RENTABILIDAD MINIMA DEL SISTEMA CORRESPONDIENTES AL MES DE ENERO DE 2002 QUE SE TOMARAN COMO REFERENCIA A LOS FINES ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 86 DE LA LEY 24.241.
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Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.