Resolución
3/2020
MINISTERIO DE TRANSPORTE
03-ene-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 07-ene-2020 Número: 34279 Página: 15
Resumen:
INSTRUYESE A LA DIRECCION DE LOGISTICA Y OPERACIONES DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS, VIAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE DE LA SECRETARIA DE GESTION DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE LA SUSTANCIACION Y DISPOSICION DE LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 6° DEL DECRETO/LEY N° 19.492 DEL 25 DE JULIO DE 1944 -RATIFICADO POR LA LEY N° 12.980- Y LAS AUTORIZACIONES Y NOTIFICACIONES OTORGADAS EN VIRTUD DE LOS CONVENIOS BILATERALES DE TRANSPORTE MARITIMO SUSCRIPTOS ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA CON LA REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL -RATIFICADO POR LA LEY N° 23.557- Y CON LA REPUBLICA DE CUBA -RATIFICADO POR LA LEY N° 23.432-.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.