Resolución
32/2016
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
24-feb-2016
Publicada en el Boletín Oficial del 26-feb-2016 Número: 33325 Página: 1
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2016, ES DE QUINCE ENTEROS CON TREINTA Y CINCO POR CIENTO (15,35%), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO DE LA LEY N° 26.417.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).