Disposición
101/2018
SUBDIRECCION NAC. REGISTROS NAC. PROP. AUTO. Y CRED. PREND.
28-mar-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 03-abr-2018 Número: 33842 Página: 131
Resumen:
CUANDO LAS DOS PARTES INTERVINIENTES EN UN TRAMITE DE TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE AUTOMOTORES O MOTOVEHICULOS CONCURRIERAN PERSONALMENTE A LA SEDE DEL REGISTRO SECCIONAL A INICIAR EL TRAMITE, SI NO CONTARAN CON UNA SOLICITUD TIPO “08” O NO HUBIEREN PRACTICADO LA PRECARGA A TRAVES DEL SISTEMA DE TRAMITES ELECTRONICOS (SITE), LA PETICION SE PRACTICARA MEDIANTE EL USO DE LA SOLICITUD TIPO “08-D”. EN ESE SUPUESTO, LA CONFECCION DE DICHA SOLICITUD TIPO SE EFECTUARA A TRAVES DE LA APLICACION QUE AL EFECTO DISPONGA EL DEPARTAMENTO SERVICIOS INFORMATICOS. LA PRECARGA DE LA INFORMACION EN EL SISTEMA UNICO DE REGISTRACION DE AUTOMOTORES (SURA) DEBERA SER REALIZADA POR PERSONAL DEL REGISTRO SECCIONAL, UTILIZANDO A ESE EFECTO EL ROL DE “ADMISOR”. UNA VEZ PRACTICADA LA PRECARGA, SE PROCEDERA DE LA MANERA INDICADA EN ARTICULO 2º DE LA SECCION 13ª, CAPITULO II, TITULO II DEL DIGESTO DE NORMAS TECNICO-REGISTRALES DEL REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR. CUMPLIDO ELLO, LA ADMISION DEL TRAMITE EN EL SURA SERA REALIZADA EN FORMA INMEDIATA, DE MODO TAL DE AGILIZAR LOS TIEMPOS DE ESPERA DEL PUBLICO USUARIO Y LA ADMINISTRACION DE LA GESTION DE LOS PAGOS POR ANTE LA CAJA DEL REGISTRO SECCIONAL.
Esta norma modifica o complementa a 7 norma(s).