Resolución
200/2019
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
06-ago-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 07-ago-2019 Número: 34170 Página: 9
Resumen:
EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2019, ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 26.417, SERA DE PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE, CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 12.937,22.-). HABER MAXIMO VIGENTE.
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