Instrucción
5/2004
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
09-mar-2004
Publicada en el Boletín Oficial del 11-mar-2004 Número: 30358 Página: 15
Resumen:
DETERMINASE EN TREINTA Y SEIS (36) LA CANTIDAD DE COMISIONES MEDICAS DE LA LEY 24.241 PARA TODO EL PAIS Y UNA (1) COMISION MEDICA CENTRAL. (NOTA: ESTA NORMA NO SE VINCULA CON SUS ANTECEDENTES: RESOLUCIONES NRO. 516/96, 603/96, 152/98; INSTRUCCIONES NRO. 4/98, 18/99, 26,99, 27/99, 19/00, 20/00, 23/00,; DISPOSICION NRO. 2/01; DISPOSICIONES GERENCIALES NRO. 130/0025/98, 130/0049/98, 005/0063/00, 002/055/01, 002/075/01, 400/081/01, 400/088/01, 400/091/01, 400/100/01 POR NO HABER SIDO PUBLICADAS EN EL BOLETIN OFICIAL. (NOTA: LA PRESENTE INSTRUCCION ABROGA LAS RESOLUCIONES SAFJP NRO. 399/96, 516/96, 603/96, 152/98; LAS INSTRUCCIONES SAFJP NRO. 4/98, 18/99, 26/99, 27/99, 19/00, 20/00, 23/00, 29/00, 35/00; LA DISPOSICION SAFJP NRO. 2/01 Y LAS DISPOSICIONES GERENCIALES NRO. 130/0025/98, 130/0049/98, 005/0063/00, 002/055/01, 002/075/01, 400/081/01, 400/088/01, 400/091/01, 400/100/01, 400/060/02 Y 400/062/03. - PAG. 17).(NOTA: ABROGADA POR ART. 8 DE LA INSTRUCCION 5/05 - BO 28/2/05, PAG. 13).-
Esta norma modifica o complementa a 23 norma(s).