Resolución
86/2004
SECRETARIA DE TRABAJO
29-mar-2004
Publicada en el Boletín Oficial del 02-abr-2004 Número: 30374 Página: 24
Resumen:
FIJAR, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 245 DE LA LEY NRO. 20.744 MODIFICADO POR EL ARTICULO 153 DE LA LEY NRO. 24.013 Y EL ARTICULO 7 DE LA LEY NRO. 25.013 DESDE EL 1 DE JULIO DE 2003, EL IMPORTE PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES EN LA SUMA DE CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 426,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.279,11), A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2003, LA BASE PROMEDIO EN LA SUMA DE CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 454,37), Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.363,11), DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2003, EL IMPORTE PROMEDIO EN LA SUMA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 482,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.447,11), A PARTIR DEL DIA 1 DE OCTUBRE DE 2003, LA BASE PROMEDIO EN LA SUMA DE QUINIENTOS DIEZ PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 510,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.531,11), DESDE EL 1 DE NOVIEMBRE DE 2003, EL IMPORTE PROMEDIO EN LA SUMA DE QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 538,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.615,11) A PARTIR DEL DIA 1 DE DICIEMBRE DE 2003, LA BASE PROMEDIO EN LA SUMA DE QUINIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 566,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.699,11), DESDE EL 1 DE ENERO DE 2004 EN LA SUMA DE QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 594,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.783,11) Y A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2004, LA BASE PROMEDIO EN LA SUMA DE SEISCIENTOS VEINTIDOS PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 622,37) Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LA SUMA DE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS CON ONCE CENTAVOS ($ 1.867,11).
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Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.