Resolución
635/2015
MINISTERIO DE SALUD
27-may-2015
Publicada en el Boletín Oficial del 29-may-2015 Número: 33139 Página: 37
Resumen:
LOS HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA DEBERAN REQUERIR A LOS BENEFICIARIOS DE LOS AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN DE LAS LEYES NROS. 23.660 Y 23.661, A LOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS Y TAMBIEN A LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS QUE OPTARON POR LA COBERTURA DE UNA OBRA SOCIAL INSCRIPTA EN EL REGISTRO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES PARA LA ATENCION MEDICA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS QUE DEMANDEN ASISTENCIA, LA PRESENTACION DE SU DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD. A LOS EFECTOS DE VERIFICAR LA AFILIACION DEL BENEFICIARIO A UN AGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD Y LA COBERTURA ACTIVA EN EL MISMO, EL HOSPITAL PUBLICO DE GESTION DESCENTRALIZADA CONSULTARA EN EL SISTEMA DE INFORMACION QUE OPORTUNAMENTE IMPLEMENTE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
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