Resolución
28/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
20-ene-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 26-ene-2011 Número: 32078 Página: 21
Resumen:
ESTABLECENSE LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERAN OBSERVAR PARA PREVENIR, DETECTAR Y REPORTAR LOS HECHOS, ACTOS, OMISIONES U OPERACIONES QUE PUEDAN PROVENIR O ESTAR VINCULADOS A LA COMISION DE LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO. ABROGASE RESOLUCION UIF Nº 11/2003.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 39 DE LA RESOLUCION 54/2024 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 26/03/2024, PAGINA 67. VIGENCIA: A PARTIR DEL 26/03/2024. VER ARTICULOS 39 Y 40 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
ABROGADA POR EL ARTICULO 38 DE LA RESOLUCION 55/2024 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 26/03/2024, PAGINA 85. VIGENCIA: A PARTIR DEL 26/03/2024. VER ARTICULOS 38 Y 39 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).