Resolución E 404/2016   SECRETARIA DE COMERCIO
05-dic-2016

MINISTERIO DE PRODUCCION

FABRICANTES NACIONALES E IMPORTADORES DE PRODUCTOS TEXTILES O DE CALZADOS

Publicada en el Boletín Oficial del 06-dic-2016    Número: 33518    Página: 19


Resumen:
LOS FABRICANTES NACIONALES E IMPORTADORES DE PRODUCTOS TEXTILES O DE CALZADOS ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR ANTE LA SECRETARIA DE COMERCIO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION, UNA DECLARACION JURADA DE COMPOSICION DE PRODUCTOS (DJCP), SOBRE LA COMPOSICION PORCENTUAL DE LAS FIBRAS, EN EL PRIMER CASO, O DE LOS MATERIALES CONSTITUTIVOS, EN EL SEGUNDO CASO, CON EL OBJETO DE RESPALDAR LA VERACIDAD DE LA INFORMACION DECLARADA EN EL ETIQUETADO O ROTULADO DE TALES PRODUCTOS, SEGUN CORRESPONDA. DEROGANSE LAS RESOLUCIONES NROS. 43 DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 2007 DE LA EX SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 248/13 DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Y 99 DE FECHA 14 DE JUNIO DE 2013 DE LA EX SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO, LAS DECLARACIONES JURADAS DE COMPOSICION DE PRODUCTOS (DJCP) Y SUS RESPECTIVOS CODIGOS DE IDENTIFICACION DE PRODUCTOS, TRAMITADOS EN EL MARCO DE LA RESOLUCION N° 248 DE FECHA 4 DE JUNIO DE 2013 DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, MANTENDRAN SU VALIDEZ POR EL TERMINO DE CIENTO VEINTE (120) DIAS CORRIDOS CONTADOS DESDE EL 06/12/2016. VIGENCIA: VER ARTICULO 11 DE LA NORMA CITADA.


Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 10 DE LA RESOLUCION 49/2024 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, B.O. 28/02/2024, PAGINA 19. VIGENCIA: A PARTIR DEL 29/02/2024.


Texto completo de la norma


Texto actualizado de la norma


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