Disposición Tecnico Registral
7/2016
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
06-may-2016
Publicada en el Boletín Oficial del 12-may-2016 Número: 33377 Página: 15
Resumen:
CUANDO SE PRESENTEN A REGISTRACION DOCUMENTOS QUE CONTENGAN DECLARATORIAS DE HEREDEROS O TESTAMENTOS SIN QUE EXISTA PARTICION, SOLO SE TOMARA RAZON, CON RELACION A LOS SUCESORES Y —EN SU CASO— CONYUGE SUPERSTITE, DE SUS DATOS PERSONALES, SIN CONSIGNARSE PROPORCION ALGUNA.
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