Resolución Conjunta
3/2022
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución Conjunta
3/2022
MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA
04-mar-2022
Publicada en el Boletín Oficial del 05-mar-2022 Número: 34872 Página: 1
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS PERSONAS HUMANAS O JURIDICAS QUE OPERAN EN EL MERCADO DE TRIGO GRANO, MAIZ GRANO, HARINA DE TRIGO Y FIDEOS QUE SE ENCUENTREN INSCRIPTAS EN EL REGISTRO UNICO DE LA CADENA AGROALIMENTARIA (RUCA), SEA COMO PRODUCTORES, FRACCIONADORES, ACOPIADORES, MOLINEROS, EXPORTADORES, ELEVADORES Y FAZONEROS O DEMAS AREAS DEL COMERCIO, CONFORMEN UN FIDEICOMISO CUYAS NORMAS Y ALCANCES ESTARAN DETERMINADOS EN EL RESPECTIVO CONTRATO QUE A TAL EFECTO DEBERA SER SUSCRIPTO EN UN PLAZO DE TREINTA (30) DIAS HABILES.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).