Resolución GENERAL
43/2020
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
26-oct-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 28-oct-2020 Número: 34507 Página: 30
Resumen:
TODO TRAMITE REGISTRAL RELATIVO A SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS, EXCEPTUADO EL DE INSCRIPCION DE LA SUBSANACION IMPUESTA POR LA RESOLUCION GENERAL IGJ N° 17/2020, DEBERA SER PRESENTADO CON DICTAMEN PROFESIONAL DE PRECALIFICACION CONFORME A LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 50 DE LA RESOLUCION GENERAL IGJ N° 7/2015, QUEDANDO SIN EFECTO A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE CUALQUIER DISPOSICION EN CONTRARIO CONTENIDA EN LA NORMATIVA REGLAMENTARIA DICTADA POR ESTA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA EN MATERIA DE SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 6° DE LA RESOLUCION GENERAL 11/2024 DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, B.O. 11/04/2024, PAGINA 23. VIGENCIA: A PARTIR DEL 12/04/2024.
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