Resolución
55/2020
AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO
09-jun-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 10-jun-2020 Número: 34401 Página: 44
Resumen:
REQUIERASE A TODAS LAS JURISDICCIONES Y ENTIDADES QUE INTEGRAN EL SECTOR PUBLICO NACIONAL, CONFORME SE ESTABLECE EN EL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 24.156 DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, A QUE EN EL PLAZO DE TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DICTADO DE LA PRESENTE MEDIDA, BRINDEN INFORMACION DETALLADA ACERCA DE TODO ACTO, CONVENIO O CUALQUIER OTRA ACTUACION ADMINISTRATIVA EN LA CUAL HUBIERAN INTERVENIDO, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, POR SI O A TRAVES DE LOS ORGANISMOS, EMPRESAS O SOCIEDADES QUE DE ELLOS DEPENDEN Y POR LOS QUE SE HUBIERAN DADO, ENTREGADO, CONCEDIDO, CONFERIDO O TRANSMITIDO, POR CUALQUIER TITULO O CAUSA, PRECARIA O NO, LA POSESION, TENENCIA, MERO USO, EXPLOTACION O DEPOSITO DE INMUEBLES BAJO SU CUSTODIA O JURISDICCION, YA SEA A FAVOR DE TERCEROS O A FAVOR DE OTRA REPARTICION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.