Disposición
157/2006
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
19-dic-2006
Publicada en el Boletín Oficial del 20-dic-2006 Número: 31057 Página: 24
Resumen:
ADOPTANSE MEDIDAS QUE DEBERAN OBSERVAR LAS ESTACIONES DE SERVICIO QUE POSEAN CONTRATOS VIGENTES QUE DE ALGUNA MANERA ESTABLEZCAN ALGUN GRADO DE EXCLUSIVIDAD ENTRE ESTAS Y UNA EMPRESA REFINADORA Y/O DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES, Y QUE POR CUALQUIER MOTIVO PRETENDAN FINALIZAR ESE VINCULO CONTRACTUAL.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.