Decreto DNU 326/2020   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
31-mar-2020

FONDO DE GARANTIAS ARGENTINO

FONDO DE AFECTACION ESPECIFICA

Publicada en el Boletín Oficial del 31-mar-2020    Número: 34344    Página: 4


Resumen:
INSTRUYESE A LA AUTORIDAD DE APLICACION Y AL COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE GARANTIAS ARGENTINO (FOGAR), CREADO POR EL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 25.300, A CONSTITUIR UN FONDO DE AFECTACION ESPECIFICA CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTICULO 10 DE LA CITADA LEY, CON EL OBJETO DE OTORGAR GARANTIAS PARA FACILITAR EL ACCESO A PRESTAMOS PARA CAPITAL DE TRABAJO, POR PARTE DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS INSCRIPTAS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS MIPYMES CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 27 DE LA LEY Nº 24.467.


Observaciones:
LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA EN SUPLEMENTO DE BOLETIN OFICIAL.
DECLARACION DE VALIDEZ POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 35/2020 DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION, B.O. 21/07/2020, PAGINA 40.


Texto completo de la norma


Esta norma modifica o complementa a 9 norma(s).


Esta norma es complementada o modificada por 3 norma(s).