Resolución E
2/2018
SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
09-feb-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 15-feb-2018 Número: 33812 Página: 40
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2018, ES DE CINCO CON SETENTA Y UN CENTESIMOS POR CIENTO ( 5,71 %), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO I DE LA LEY N° 27.426.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).