Resolución
725/2005
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
15-nov-2005
Publicada en el Boletín Oficial del 16-nov-2005 Número: 30782 Página: 5
Resumen:
REQUISITOS GENERALES PARA EL MOVIMIENTO DE ANIMALES SUSCEPTIBLES A LA FIEBRE AFTOSA, BRUCELOSIS, PESTE PORCINA CLASICA, ENFERMEDAD DE AUJESZKY Y GARRAPATA Y PARA LAS CONCENTRACIONES GANADERAS. REGIONALIZACION DEL TERRITORIO NACIONAL AL SOLO EFECTO DEL MOVIMIENTO DE ANIMALES EN PIE, EN RELACION CON LA PREVENCION, EL CONTROL Y LA ERRADICACION DE LA FIEBRE AFTOSA Y OTRAS ENFERMEDADES. INGRESO DE ANIMALES PROVENIENTES DE “PAISES O ZONAS LIBRES DE FIEBRE AFTOSA QUE NO PRACTICAN LA VACUNACION”.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION 1259/2023 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 06/12/2023, PAGINA 133. VIGENCIA: VER ARTICULO 18 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a 10 norma(s).