MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 595/2014
Bs. As., 4/9/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0122071/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por la
empresa ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS SOCIEDAD
ANONIMA, actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 de la empresa ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS
FERROVIARIOS SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de acuerdo con el detalle que
figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución,
respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL
($ 480.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS
CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS
MIL ($ 4.891.266.000) los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado
en PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y
SEIS MIL ($ 4.890.786.000), de acuerdo al detalle que figura en las
planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 4.891.266.000)
los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CUATRO MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($
4.891.266.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico equilibrado, de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de
capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital,
y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el
Resultado Financiero Equilibrado para el Ejercicio 2014, de acuerdo con
el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
e. 12/09/2014 Nº 67652 v. 12/09/2014