MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 790/2014
Bs. As., 20/10/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0024699/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por
INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, actuante en el área de la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no Comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 de INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL actuante en el
área de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL
DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo
al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente
resolución, respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE
MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO ($
919.549.968) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS
SETECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 741.652.675) los gastos de operación, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE
OPERACION) estimado en PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES ($
177.897.293), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del
Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTIDOS
MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO ($
922.429.968) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS
OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 832.822.436) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO)
estimado en PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL
QUINIENTOS TREINTA Y DOS ($ 89.607.532), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES
SEISCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 140.612.788) los
ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS ($
166.256.762) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT)
para el Ejercicio 2014 en PESOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 63.963.558), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II,
adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
_______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
e. 24/10/2014 Nº 81520/14 v. 24/10/2014