MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1020/2014
Bs. As., 19/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0123520/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por TALLERES NAVALES
DÁRSENA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y NAVIERA,
actuante en el área del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N°
24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2014 de
TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL
Y NAVIERA, actuante en el área del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo al
detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente
resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($ 350.250.400) los
ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS
VEINTITRÉS ($ 454.217.223) los gastos de operación, y como consecuencia
de ello apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN)
estimado en PESOS CIENTO TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
OCHOCIENTOS VEINTITRÉS ($ 103.966.823), de acuerdo al detalle que
figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS ($
457.423.400) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL
DOSCIENTOS VEINTITRÉS ($ 454.217.223) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado
en PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE ($
3.206.177), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES
DOSCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SIETE ($ 27.211.707) los ingresos de
capital y fíjanse en la suma de PESOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS
MIL ($ 16.400.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello
en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3°
de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT)
para el Ejercicio 2014 en PESOS CATORCE MILLONES DIECISIETE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 14.017.884), de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 09/01/2015 N° 268/15 v. 09/01/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)