MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 300/2015
Bs. As., 27/4/2015
VISTO el Expediente N° 47.906/2014 del Registro de la SOCIEDAD DEL
ESTADO CASA DE MONEDA, actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, actuante en la órbita del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el mencionado expediente, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y
II, de la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS SIETE
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA ($
1.507.662.150) los ingresos de operación, y fíjanse en la suma de PESOS
UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL
CINCUENTA Y CUATRO ($ 1.468.082.054) los gastos de operación, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE
OPERACIÓN) estimado en PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS
OCHENTA MIL NOVENTA Y SEIS ($ 39.580.096), de acuerdo al detalle que
figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y
TRES MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($
1.583.045.257) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS UN
MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL
SETECIENTOS SETENTA Y OCHO ($ 1.537.796.778) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO)
estimado en PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO
MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 45.248.480), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS SESENTA MILLONES ($
60.000.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS
NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
CUATRO ($ 93.598.604) los gastos de capital, y como consecuencia de
ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero
(SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 11.649.876), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II,
adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 06/05/2015 N° 31927/15 v. 06/05/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)