MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución 602-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2016-01820311-APN-DMEYN#MH, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2017 formulado por NACIÓN SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE FINANZAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA sobre la medida propiciada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la Ley N° 24.156 y en su Decreto Reglamentario Nº 1.344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2017 de NACIÓN SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA actuante en el área del MINISTERIO DE FINANZAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I (IF-2017-15364388-APN-ONP#MHA) y II (IF-2017-15364528-APN-ONP#MHA), que integrran la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS ($ 2.536.359.919) los ingresos de operación y fijar en la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($ 2.447.353.728) los gastos de operación, y como consecuencia de ello, aprobar el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UN PESOS ($ 89.006.191), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2017-15364528-APN-ONP#MHA).

ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS ($ 2.536.419.919) los ingresos corrientes y fijar en la suma de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 2.562.750.385) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello, aprobar el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en VEINTISÉIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($ 26.330.466), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2017-15364528-APN-ONP#MHA).

ARTÍCULO 4º.- Estimar en la suma de SETENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS ($ 70.944.274) los ingresos de capital y fijar en la suma de CIENTO VEINTIDÓS MILLONES CIENTO SETENTA MIL SETENTA Y DOS PESOS ($ 122.170.072) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de la presente resolución, estimar el Resultado Financiero (DÉFICIT) para el Ejercicio 2017 en PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 77.556.264), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2017-15364528-APN-ONP#MHA).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nicolas Dujovne.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 06/11/2017 N° 84426/17 v. 06/11/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)