MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 980/2022
RESOL-2022-980-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2022
VISTO el EX-2020-72378979- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N°23.546
(t.o.2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2020-72372315-APN-DGD#MT del EX-2020-72378979-
-APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE
SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
por la parte sindical y la Empresa KRONEN INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mentado acuerdo las partes convienen una Asignación
Especial COVID, bajo los términos y condiciones allí pactadas.
Que, en atención a la naturaleza otorgada de la suma no remunerativa,
corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103
de la Ley Nº20.744 (t.o.2004).
Que en relación a lo estipulado en la cláusula segunda, corresponde
hacer saber a las partes que deberá tenerse presente lo dispuesto en el
Artículo 203 de la Ley de Contrato de Trabajo y normas concordantes,
vinculadas a la jornada de trabajo y descanso.
Que los agentes negociales ratifican el contenido y firmas insertas en
el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades
para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la Empresa KRONEN
INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora que luce en el
RE-2020-72372315-APN-DGD#MT del EX-2020-72378979- -APN-DGD#MT, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento
identificado en el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTICULO 3°-Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4º - Hágase saber que en el supuesto de que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/08/2022 N° 48236/22 v. 02/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)