MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1713/2022
RESOL-2022-1713-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2022
VISTO el EX-2021-126621120- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley
N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que a páginas 2/3 del IF-2021-126622866-APN-DGD#MT del Expediente de
Referencia, obra el Acuerdo, celebrado entre la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por la parte
sindical y el HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES ASOCIACIÓN CIVIL, por
la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
Que a través del referido instrumento las partes han convenido el
otorgamiento de una asignación extraordinaria por única vez, en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75, conforme a los
términos y condiciones allí establecidas.
Que en relación con el carácter atribuido a la suma pactada en el
acuerdo de marras, corresponde hacer saber a las partes lo establecido
en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o.1976).
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (p.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo que luce a páginas 2/3
del IF-2021-126622866-APN-DGD#MT del Expediente de Referencia,
celebrado entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA
FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical y el HOSPITAL BRITANICO DE
BUENOS AIRES ASOCIACIÓN CIVIL, por la parte empleadora, conforme a lo
dispuesto en la Ley N° 14.250 (p.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del
instrumento que luce mencionado en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/11/2022 N° 80799/22 v. 03/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)