MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2182/2022
RESOL-2022-2182-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2022
VISTO el EX-2022-119379088-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o.2.004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/3 del RE-2022-122638291-APN-DTD#JGM del expediente
de referencia, obra un acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA
METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA) - SECCIONAL RIO GRANDE,
por la parte sindical y la EMPRESA BGH SOCIEDAD ANONIMA, por la parte
empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente las partes superan el conflicto que fuera
encuadrado en el marco de la Ley N° 14.786, pactando el pago de una
Gratificación Extraordinaria No Remunerativa, conforme a los términos y
condiciones allí establecidos.
Que el referido acuerdo es ratificado por la UNION OBRERA METALURGICA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA) - CENTRAL, mediante presentación
agregada en el RE-2022-122747681-APN-DGD#MT de autos.
Que respecto al carácter atribuido a las sumas pactadas en el acuerdo
referido, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el
Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la
estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el
sector empleador firmante y la entidad sindical signataria emergente de
su personería gremial.
Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en páginas 1/3
del RE-2022-122638291-APN-DTD#JGM del expediente
EX-2022-119379088-APN-DGD#MT, celebrado entre la UNION OBRERA
METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA) - SECCIONAL RIO GRANDE,
por la parte sindical y la EMPRESA BGH SOCIEDAD ANONIMA, por la parte
empleadora, ratificado por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (UOMRA) - CENTRAL, en el RE-2022-122747681-APN-DGD#MT del
expediente de referencia, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines
del registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la
presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los acuerdos homologados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/12/2022 N° 101299/22 v. 15/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)