MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 115/2024

DI-2024-115-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-16032613- -APN-DGD#MT, las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004), N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/3 del documento N° RE-2024-16031939-APN-DGD#MT del EX-2024-16032613- -APN-DGD#MT, obra el Acuerdo celebrado con fecha 1° de febrero de 2024 entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte sindical y la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANÓNIMA CONCESIONARIA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que si bien las partes en el texto de marras dicen que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1545/16 “E”, cabe aclarar que el Convenio al que refieren es el N° 1548/17 “E”, entendiéndose que se ha tratado de un error involuntario.

Que mediante el acuerdo de marras las partes pactan la modalidad de cumplimiento del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, reglamentado mediante Decreto N° 144/22, bajo las condiciones y términos allí pactados.

Que las partes han procedido a ratificar los textos negociales de marras, acreditando la personería invocada conforme surge de la documentación agregada al presente.

Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta la empresa firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se ha cumplimentado con lo normado en el artículo 17º de la Ley 14.250.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Cabe tener presente, que corresponderá dar traslado del acuerdo homologado a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para su conocimiento y registro.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención que le compete.

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 y el artículo 10° del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte sindical y la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANÓNIMA CONCESIONARIA, por la parte empleadora, que luce en las páginas 1/3 del documento electrónico N°RE-2024-16031939-APN-DGD#MT del EX-2024-16032613- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo que surge detallado en el artículo 1º de la presente Disposición.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1548/17”E”.

ARTÍCULO 4°.- Dese traslado del acuerdo homologado a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, para su conocimiento y registro.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto de que esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Mara Agata Mentoro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/04/2024 N° 23901/24 v. 30/04/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)