MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 1104/2025
DI-2025-1104-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-15545519- -APN-ATR#MT, las Leyes Nros.
14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N°
23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las paginas 24/27 del documento Nº IF-2024-15591499-APN-ATR#MT y
en los documentos Nros. IF-2024-38503491-APN-ATR#MT,
IF-2024-91858103-APN-ATR#MT e IF-2024-123452050-APN-ATR#MT del
Expediente N° EX-2024-15545519- -APN-ATR#MT obran los Acuerdos y
escalas salariales celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO,
por la parte sindical, y la empresa VOCES SOCIEDAD ANONIMA, por la
parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de los presentes acuerdos las partes pactan nuevas
condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
N° 153/91, de acuerdo a la vigencia y detalles allí previstos.
Que, al respecto de las sumas pactadas con carácter no remunerativo,
corresponde hacer saber a las partes lo dispuesto por el Artículo 103
de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
Que el ámbito de aplicación del instrumento mencionado se circunscribe
a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la
representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que el Delegado de Personal ha ejercido la representación que le
compete en la negociación, en los términos del Artículo 17 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que atento el contenido de los acuerdos a homologar, es menester dejar
expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio
de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios
colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los
trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N°
12.908 “Estatuto del Periodista Profesional” y el Decreto-Ley N°
13.839/46 “Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas
Periodísticas”, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la
Secretaria DE TRABAJO N° 305/07.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención
que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y
sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárense homologados el acuerdo y escalas salariales
obrantes en las paginas 24/27 del documento N°
IF-2024-15591499-APN-ATR#MT del Expediente EX-2024-15545519-
-APN-ATR#MT celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, por la
parte sindical, y la empresa VOCES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte
empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Declárense homologados el acuerdo y escalas salariales
obrantes en documento N° IF-2024-38503491-APN-ATR#MT del Expediente
EX-2024-15545519- -APN-ATR#MT celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA
DE ROSARIO, por la parte sindical, y la empresa VOCES SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 3º.- Declárense homologados el acuerdo y escalas salariales
obrantes en el documento N° IF-2024-91858103-APN-ATR#MT del Expediente
EX-2024-15545519- -APN-ATR#MT celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA
DE ROSARIO, por la parte sindical, y la empresa VOCES SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 4º.- Declárense homologados el acuerdo y escalas salariales
obrantes en el documento N° IF-2024-123452050-APN-ATR#MT del Expediente
EX-2024-15545519- -APN-ATR#MT celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA
DE ROSARIO, por la parte sindical, y la empresa VOCES SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 5º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro.
Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL
TRABAJO a fin de proceder al registro de los instrumentos identificados
en los Artículos 1°, 2º, 3° y 4º de la presente Disposición.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con
Convenio Colectivo de Trabajo N° 153/91.
ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita de los instrumentos
homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido
en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/08/2025 N° 57238/25 v. 19/08/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)