AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 28/2026
RESOL-2026-28-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-03816824- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2025-106811755- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de2012, 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015,
1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero de
2018, todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, los
Decretos Nros. 355 de fecha 23 de abril de 2018 y 950 de fecha 24 de
octubre 2024, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado
Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022
(Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria
Resolución Nº 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), Resolución Nº 7 de fecha 8 de enero de
2026 (RESOL-2026-7-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0013-SPU26 para la venta del
inmueble sito en calle Islas Malvinas esquina Buenos Aires, Localidad
de NEUQUÉN, Departamento de CONFLUENCIA, Provincia del NEUQUÉN,
identificado catastralmente como Departamento 09 – Circunscripción 20 –
Sección 066 – Parcela 9285, vinculado al RENABE bajo el CIE Nº
5800017736/1, con una superficie de terreno según mensura de TRES MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES
DECÍMETROS CUADRADOS (3.558,63 m2), según requerimiento formulado por
la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el Artículo 1º
de la Resolución Nº 9 de fecha 8 de enero de 2026
(RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), en razón de la encomienda de la atención y
firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS
Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como
organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de
toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del
ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los
bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros
organismos estatales.
Que mediante el Decreto Nº 355 de fecha 23 de abril de 2018, se
autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, a
disponer y enajenar el inmueble objeto de la presente medida, entre
otros.
Que posteriormente, mediante el artículo 1º del Decreto Nº 950 de fecha
24 de octubre de 2024, se ordenó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO impulsar los procedimientos de enajenación de los
inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto del Decreto Nº 355/18, entre
otros, que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada en vigor
del citado Decreto, y en el cual se encuentra el inmueble objeto de la
presente.
Que mediante la Resolución Nº 7 de fecha 8 de enero de 2026
(RESOL-2026-7-APN-AABE#JGM), se desafectó de la jurisdicción del
MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO el inmueble
en trato, en los términos del artículo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670
de fecha 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 de fecha
15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto
Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución
Nº 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), se
aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado
Nacional, siendo de aplicación supletoria al mismo, el Reglamento
aprobado por el Decreto antedicho.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus
modificatorias, establece que todo acto de disposición de inmuebles de
propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición Nº 63-E/16, modificada
por la Disposición Nº 62 de fecha 30 de julio de 2024
(DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota
NO-2025-128202001-APN-EGN de fecha 18 de noviembre de 2025, tomó la
intervención de su competencia.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-142723548-APN-CNMLYBH#SC de
fecha 26 de diciembre de 2025, aprobó la venta del inmueble en trato.
Que la DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO TERRITORIAL realizó su
intervención a instancias del Informe de Capacidad Constructiva
identificado como IF-2025-128597360-APN-DDUT#AABE de fecha 19 de
noviembre de 2025.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante Dictamen de Valor
identificado bajo IF-2025-138673144-APN-TTN#MEC de fecha 15 de
diciembre de 2025, indicó que su Sala C, en la reunión celebrada el día
10 de diciembre de 2025, procedió a considerar la tasación del inmueble
y fijando el Valor Venal del terreno, al contado, desocupado, en la
suma de PESOS CUATRO MIL NOVENTA MILLONES ($ 4.090.000.000) y según lo
requerido su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHO CON OCHENTA Y SIETE
CENTAVOS (U$S 2.791.808,87). Asimismo, informando un Valor Base de
Venta, en los términos del Procedimiento Interno TTN 19.1 en la suma de
PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL ($
3.885.500.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON CUARENTA Y
TRES CENTAVOS (U$S 2.652.218,43) a un tipo de cambio BNA de $/USD
1.465, todos los valores a fecha 10 de diciembre de 2025.
Que la DIRECCIÓN ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el Artículo
1º de la Resolución Nº 9/26 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), mediante
Informe IF-2026-03270623-APN-DAC#AABE de fecha 9 de enero de 2026,
solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta
del inmueble en cuestión con un valor base de subasta de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
OCHO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS (U$S 2.791.808,87) e indicó los
parámetros a tener en cuenta para la confección del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el
procedimiento apropiado para la venta de los inmuebles es el de Subasta
Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 177/22 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM)
y su modificatoria Resolución Nº 60/24 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º incisos a) y b) del Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
mediante el Decreto Nº 1.030/16 y sus respectivas normas modificatorias
y/o complementarias.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública Nº 392-0013-SPU26 para la venta del inmueble sito en
calle Islas Malvinas esquina Buenos Aires, Localidad de NEUQUÉN,
Departamento de CONFLUENCIA, Provincia del NEUQUÉN, identificado
catastralmente como Departamento 09 – Circunscripción 20 – Sección 066
– Parcela 9285, vinculado al RENABE bajo el CIE Nº 5800017736/1, con
una superficie de terreno según mensura de TRES MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECÍMETROS
CUADRADOS (3.558,63 m2), de conformidad a lo dispuesto artículo 24 del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el
Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y
complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI,
Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha
16 de julio de 2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su
modificatoria Resolución Nº 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), según requerimiento formulado la
DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el Artículo 1º de
la Resolución Nº 9 de fecha 8 de enero de 2026
(RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), en razón de la encomienda de la atención y
firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS
Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2026-8322237-APN-DGA#AABE, que como ANEXO forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382 de
fecha 9 de agosto de 2012.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tania Yedro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/01/2026 N° 4144/26 v. 29/01/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)