CONTRATOS
Decreto 868/2016
Proyecto de Rehabilitación del Ferrocarril Belgrano Cargas. Ratificación.
Bs. As., 19/07/2016
VISTO el Expediente N° S02:0115590/2016 del Registro del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2010 se suscribió el “ACUERDO CONTRACTUAL
POR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS”
entre la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS de
la REPÚBLICA ARGENTINA y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY
& EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION junto con las
Condiciones Generales y Particulares del contrato.
Que dicho documento fue modificado por las Enmiendas I a VI de fechas
13 de julio de 2010, 8 de octubre de 2010, 7 de abril de 2011, 7 de
octubre de 2011, 25 de junio de 2012 y 25 de septiembre de 2013,
respectivamente.
Que con fecha 4 de diciembre de 2013 el ex MINSTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE de la REPÚBLICA ARGENTINA y la Firma CHINA MACHINERY
ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron el TEXTO ORDENADO DEL
CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL
FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, el cual fue ratificado mediante el Decreto
N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014.
Que la rehabilitación del FERROCARRIL BELGRANO CARGAS es una
herramienta central para alcanzar objetivos de política económica
general y en particular para el desarrollo regional, a través de
aumento de capacidad total del sistema nacional de transporte de
cargas, permitiendo la conexión entre los centros de producción con los
puertos y los centros de acopio y consumo, resultando éste un factor
clave en el desempeño y crecimiento de las economías provinciales para
la colocación de sus productos.
Que habiéndose agotado la etapa de diseño del material rodante,
componentes ferroviarios y maquinaria pesada, adquiridos por el ex
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se realizaron algunas
modificaciones en el TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA
EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, con el
objeto de precisar los materiales a adquirir y optimizar y simplificar
la ejecución del contrato.
Que posteriormente, con fecha 31 de enero de 2014 y con fecha 8 de
septiembre de 2015, el ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la
firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron las
Enmiendas Nros. 1 y 2 respectivamente, del TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO
Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL
BELGRANO CARGAS.
Que en instancia posterior, en función de lo establecido en la cláusula
21.11 del Convenio de Financiamiento suscripto entre el ex MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y las Entidades Bancarias CHINA
DEVELOPMENT BANK CORPORATION (CDB) y el INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK
OF CHINA LIMITED, se requirió a aquellos la pertinente aprobación de la
referida adenda.
Que por su parte, la Empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD
ANÓNIMA y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC)
consensuaron modificar los Anexos Nros. 5 y 8 de la Enmienda Nº 2 de
fecha 8 de septiembre de 2015 al TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS
ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO
CARGAS con el objeto de mejorar la productividad del plan de obras
acordado, suscribiendo la nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de 2016.
Que en el expediente consignado en el Visto se encuentran agregados los informes pertinentes que fundamentan el presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 19, inciso
a) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Ratifícanse los actos suscriptos por el ex MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE referidos al PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL
FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, que a continuación se detallan:
a) Enmienda N° 1 de fecha 31 de enero de 2014 entre el ex MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la FIRMA CHINA MACHINERY ENGINEERING
CORPORATION (CEMC) al TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA
EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS
ratificado mediante el Decreto N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014,
que como Anexo I (IF-2016-00330005-APN-MTR/16) en copia autenticada, en
idiomas castellano e inglés, forma parte integrante del presente
decreto.
b) Enmienda N° 2 de fecha 8 de septiembre de 2015, protocolizada con
fecha 13 de noviembre de 2015, entre el ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) al
TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE
REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS ratificado mediante el
Decreto N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014, que como ANEXO II
(IF-2016-00330030-APN-MTR/16) en copia autenticada, en idiomas
castellano e inglés, forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2° — Ratifícase la Nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de
2016 suscripta entre la Empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD
ANÓNIMA y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) que
como Anexo III (IF-2016-00330044-APN-MTR/16) en copia autenticada,
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Javier Dietrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)